El COGITALP se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://cogitalaspalmas.com/
Situación de cumplimiento
El COGITALP tiene como objetivo principal que su sitio web sea todo lo accesible y usable posible. Por ello, se ha diseñado adaptándose, en la medida de lo posible, a los estándares y normativas vigentes en relación a la accesibilidad. Actualmente se realizan revisiones periódicas y previas a cada publicación de nuevos contenidos para intentar cumplir con la norma.
Es posible que encuentre alguna página que no se adapte al 100% a estos estándares, ya que las secciones contenidas en el portal están continuamente en proceso de adaptación y mejora.
Se debe tener en cuenta que la web es dinámica, incorporando de manera constante nuevos contenidos orientados a colegiados y usuarios de la misma. El procesamiento de dicha información y la generación de las correspondientes páginas debe contemplar multitud de situaciones heterogéneas —utilización de tablas, gráficos, diferentes codificaciones, etc.— que suponen importantes retos para la consecución del nivel de adecuación AA de accesibilidad.
Si encuentra alguna dificultad a la hora de acceder o visualizar información en nuestra web, o considera que se podría mejorar la accesibilidad en algún aspecto, no dude en comunicárnoslo a través de nuestro formulario de contacto. Realizaremos las mejoras necesarias lo antes posible.
Actualmente este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018 debido la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
Contenido no accesible
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:
Podrían existir algunos fallos puntuales de edición en alguna página web.
No aplica.
Pueden existir archivos de ofimática en PDF y otros formatos publicados antes de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad. Aunque se ha procurado que la mayoría de ellos sí lo cumplan.
Contenidos de terceros que no están financiados ni desarrollados por nosotros ni están bajo nuestro control.
Observaciones y datos de contacto
Si usted experimenta alguna dificultad en el acceso de la información contenida en este sitio web, por favor, contacte con nosotros mediante el siguiente formulario de contacto. Realizaremos las mejoras necesarias a la mayor brevedad posible.
Las comunicaciones serán recibidas y tratadas por el COGITALP
Procedimiento de aplicación
El procedimiento de reclamación recogido en el artículo 13 del RD 1112/2018 entrará en vigor el 20 de septiembre de 2020.
Contenido opcional
Los sitios web de las administraciones públicas tienen el deber de cumplir los criterios de accesibilidad indicados en la Norma UNE-EN 301549 v1.1.2:2015. Esta normativa fija una serie de características que todo portal Web debe cumplir si quiere ser accesible considerando las excepciones del RD 1112/2018.
El COITALP tiene como objetivo principal que su sitio web sea todo lo accesible y usable posible. Por ello, se ha diseñado adaptándose a los estándares y normativas vigentes en relación a la accesibilidad, cumpliendo con todos los puntos de verificación de prioridad 2 (AA) definidos en la especificación de Pautas de Accesibilidad al Contenido en la Web (WCAG 2.1) por la Iniciativa de Accesibilidad Web (WAI) del Consorcio World Wide Web (W3C), para lo cual se realizan revisiones previas a cada publicación de nuevos contenidos. En cualquier caso, es posible que encuentre alguna página que no se adapte al 100% a estos estándares, ya que algunas de las secciones contenidas en el portal están en proceso de adaptación y mejora. Si usted experimenta alguna dificultad en el acceso la información contenida en este sitio web, por favor, contacte con nosotros mediante el siguiente formulario de contacto. Realizaremos las mejoras necesarias a la mayor brevedad posible.
El sitio web está diseñado con la técnica de diseño responsive o adaptativo, con lo que se visualiza de forma óptima desde ordenadores de escritorio a tablets y móviles.
Tamaño del texto
Los tamaños de las fuentes están definidos con unidades relativas para que pueda ampliar o disminuir el tamaño de la fuente desde las opciones del navegador.
Internet Explorer, Mozilla y Firefox: Ver > Tamaño del texto
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Chrome: Controla la página actual > Tamaño del texto
Para modificar el tamaño de todo en la página:
Ctrl + + para aumentarlo
Ctrl + – para disminuirlo
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Fecha última revisión
La accesibilidad de las páginas de este sitio se revisa previamente a su publicación.
Si detecta que algún contenido de este sitio web no es accesible puede contactar vía:
Correo electrónico: colegio.laspalmas@agrícolas.org
Teléfono: 928371574
Procedimiento de reclamación
El procedimiento de reclamación recogido en el artículo 13 del RD 1112/2018.
Artículo 13. Procedimiento de reclamación.
1. Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación para conocer y oponerse a los motivos de la desestimación, instarla adopción de las medidas oportunas en el caso de no estar de acuerdo con la decisión adoptada, o exponer las razones por las que se considera que la respuesta no cumple con los requisitos exigidos.
Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya trascurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
2. Dicha reclamación deberá ser presentada y registrada conforme a los requisitos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La reclamación deberá dirigirse a la Unidad responsable de accesibilidad de ese ámbito competencial, o si la respuesta se hubiera realizado desde la propia Unidad responsable de accesibilidad, al superior jerárquico de ésta.
3. Las entidades obligadas deberán incluir en la declaración de accesibilidad la Unidad a la cual elevar las reclamaciones junto con el enlace al sistema de registro en el que se deberá realizar dicha reclamación.
4. Recibida la reclamación, la Unidad responsable de atenderla deberá responder a la persona interesada en el plazo máximo de dos meses.
5. El transcurso de dicho plazo se podrá suspender en el caso de que deba requerirse a la persona interesada para que, en un plazo de diez días hábiles, formule las aclaraciones necesarias para la correcta tramitación de la reclamación. Transcurrido dicho plazo sin que la persona interesada haya realizado las aclaraciones oportunas, se continuará con la tramitación de la reclamación.
6. Transcurrido el plazo máximo para resolver la reclamación sin que se haya notificado la resolución de la misma, se entenderá que la reclamación ha sido desestimada.
Preparación de la presente declaración de accesibilidad:
La presente declaración fue preparada el 22 julio de 2020.
El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por el propio Colegio.
Última revisión de la declaración: 24/10/2023